Anulada la cláusula IRPH por primera vez en Alicante

Una jueza de Alicante ha anulado una cláusula suelo de un préstamo hipotecario y otra que fijaba un interés anual a partir del Índice de Referencia de Precios Hipotecarios (IRPH) para bancos, por considerar que ambas eran abusivas.

La sentencia, fechada el pasado 10 de octubre aprecia “falta de transparencia” en los contratos que firmó el usuario con el Banco Popular en 2004 y 2009.

Según la jueza, “se creó la apariencia” de que los intereses podían disminuir a la baja en paralelo a la variación del índice Euríbor, cuando lo cierto y verdad es que se estipuló un precio mínimo del 3 %” que luego aumentó al 4,5 %.

Los abogados que han representado en este caso al demandante, Beatriz Vildósola y Alberto Cañizares, han explicado que esta es la primera sentencia dictada en Alicante de la que tienen conocimiento que anula la aplicación del índice IRPH a una hipoteca.

“Existen sentencias contradictorias entre las diferentes Audiencias provinciales”, han señalado los letrados, aunque han matizado que los tribunales son cada vez “más proactivos” a la hora de eliminar las cláusulas abusivas “en defensa de los derechos de los consumidores”.

En este caso, el juzgado de Primera Instancia 1 de Alicante considera que el prestamista “enmascaró entre informaciones abrumadoramente exhaustivas” la cláusula de aplicación del IRPH, de “manera que se dificultó su identificación y proyectó sombras sobre lo que considerado aisladamente sería claro”.

Del mismo modo, el fallo establece que la información previa al demandante sobre el coste comparativo con otros productos de la propia entidad fue inexistente, pese a que esa información le podía “abrir los ojos”.

La cláusula de IRPH vulneraba la legislación por “falta de información y transparencia”, por lo que el banco deberá devolver al demandante las cantidades cobradas por intereses en aplicación de ese apartado desde febrero de 2010.

Igualmente, la entidad tendrá que abonarle los intereses que le cobró al aplicar un interés mínimo del 4,5% desde mayo de 2013, fecha en la que el Tribunal Supremo decretó la nulidad de las cláusulas suelo.

Para Vildósola y Cañizares, “esta sentencia sienta un importante precedente en la lucha de los hipotecados frente a los abusos de los bancos”.

Desde el nuestro despacho de abogados en Toledo, se advierte de la necesidad de que los toledanos revisen sus hipotecas y comprueben si las mismas incluyen el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH).

Esta cláusula, incluida en préstamos hipotecarios concedidos por entidades bancarias españolas afecta ya a más de un millón y medio de españoles y cotiza dos puntos por encima de lo que, por el momento, lo hace el Euribor.

Ángel De la Cruz, abogado, administrador concursal y mediador de Abogados Moraleda de Toledo, señala que el IRPH se incluyó en préstamos hipotecarios “sin ofrecer la información adecuada al consumidor, de tal manera que el mismo no sabía lo que estaba firmando”.

“Tener este Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios en tu préstamo, pueda encarecer muchísimo el pago de una hipoteca media“, afirma. En este sentido, recomienda a aquellos que tienen sucrito algún préstamo hipotecario, que acudan al despacho de abogados en Toledo para que sean revisadas las cláusulas incluidas en el mismo. También, ofrece el asesoramiento del bufete para aquellas personas que tengan intención de suscribir un préstamo en próximas fechas, con el objetivo de que no sean incluidos en los mismos cláusulas “abusivas” de esta naturaleza.

“Se puede pedir la nulidad del IRPH“, apunta De la Cruz, “puesto que se basa en las mismas premisas que la cláusula suelo, es decir, falta de transparencia”.

El IRPH puede suponer el pago de más de 3.000 euros al año

El IRPH es un índice que fluctúa más que el Euribor, por lo tanto, “su hipoteca se puede encarecer en más de 3.0000 euros al año”, señala el letrado del despacho de abogados en Toledo.

En estos momentos el Euribor se encuentra en “mínimos históricos”, mientras que el IRPH cotiza dos puntos por encima de este indicador, encareciendo en gran medida, los préstamos que operan bajo el IRPH.

El IRPH se incluyó en las hipotecas de los españoles durante el boom inmobiliario y ante su “falta de transparencia” se refirió incluso el Parlamento Europeo en el año 2015 cuando advirtió a España de que este índice contravenía la Directiva 93/13 de la UE.

Si sospecha de las condiciones de su préstamo hipotecario o va a suscribir alguno con su entidad bancaria, desde el despacho de abogados de Toledo, se invita a que realicen la primera consulta gratuita on-line en la página web www.bufetemoraleda.com

Fuente: Diario Información  / Abogados Moraleda Toledo