¿Cómo tributan los planes de pensiones heredados?

En un plan de pensiones lo habitual es que el beneficiario sea el propio partícipe, aunque también puede ser otra persona. En cualquier caso, si fallece el titular del plan, el patrimonio lo recibirán los beneficiarios designados por el partícipe a la hora de celebrar el contrato en el porcentaje que estipule o, en caso no que no se hayan designado beneficiarios, los herederos legales.

¿ISD o IRPF?

En cuanto a la tributación de ese plan de pensiones, cabe destacar que los planes de pensiones heredados no tributan por el impuesto de sucesiones y donaciones, sino por IRPF. Independientemente de la forma de cobro, el capital recibido por los beneficiarios en caso de fallecimiento del partícipe tributa como rendimiento del trabajo en la declaración de la renta.

Es importante recordar el régimen fiscal transitorio aplicable a aquellas prestaciones percibidas en forma de capital correspondientes a aportaciones realizadas hasta 31 de diciembre de 2006, que disfrutarán de una exención del 40%, siempre que el rescate se realice dentro de los plazos contemplados en la ley:

Para hechos causantes ocurridos a partir de 1 de enero de 2015, el plazo será de dos ejercicios fiscales a contar a partir de aquel en el que se produce la contingencia.
En los hechos causantes ocurridos entre 2011 y 2014, el plazo para realizar la reducción será de 8 años a partir del año en que acaeció la contingencia que permite el rescate.
Si los hechos causantes ocurrieron en el año 2010 o en años anteriores, se podrá aplicar la reducción del 40% a rescates en forma de capital que se produzcan hasta el año 2018.
Por otra parte, cabe recordar que en Navarra y en el País Vasco sigue vigente la reducción del 40% en rescates en forma de capital, pero si el plan de pensiones se rescata en forma de renta, no habrá ninguna reducción en ninguno de los territorios, lo que supondrá que el 100% de la prestación pasará a formar parte de la base imponible de los herederos.

Fiscalidad de los PPA

Los planes de previsión asegurados (PPA) tributan de una manera similar en caso de herencia, al tratarse de productos fiscalmente muy similares. Por eso, los herederos de un PPA tributarán igualmente por IRPF en caso de fallecimiento del titular.

Además, hay que destacar que tanto en los planes de pensiones como en los planes de previsión asegurados, el beneficiario recibe los derechos consolidados, pero no tiene obligación tributaria alguna hasta el momento en que efectúe el rescate de esos derechos, y no en el mismo momento del fallecimiento, como ocurre con otros productos financieros y no financieros.

Fuente: Punto Seguro